FUNCIONES DEL AYUNTAMIENTO (conforme a Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, artículos 1, 3, 4, 7, 25, 26 y 27):

Los Municipios son Entidades básicas de la organización territorial del Estado y cauces inmediatos de participación ciudadana en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades.
El municipio es una entidad local territorial.

En su calidad de Administraciones públicas de carácter territorial, y dentro de la esfera de sus competencias, corresponden en todo caso a los municipios:

Las competencias de las Entidades Locales son propias o atribuidas por delegación.

El Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias:

El municipio de Torre Pacheco, al tener población superior a 20.000 habitantes e inferior a 50.000 habitantes, presta necesariamente los servicios siguientes:

La Administración del Estado y las de las Comunidades Autónomas podrán delegar, entre otras, las siguientes competencias:

Fecha de última actualización de esta sección: martes 9 de enero de 2024
Fecha de última actualización del portal: lunes 1 de julio de 2024